PEDIDO DE INFORME: Solicitar al Ejecutivo Municipal Informe de resultados sobre lo actuado Cuenta Municipal N°265/02 del Banco Santa Cruz
PROYECTO DE RESOLUCION
PEDIDO DE INFORME
VISTO:
La vigencia de la ORDENANZA 1818/HCD/15 Expediente 4114/D./15) Sancionado el 15/12/15 donde en su Art.°1 dice “AUTORIZAR al Ejecutivo Municipal a Registrar los Fondos No Identificados en la Cuenta Municipal N°265/02 del Banco Santa Cruz, a efectos de que los mismos sean ejecutados en los mecanismos contables y financieros del Municipio.”
Que la publicidad de los actos de gobierno es uno de los principios básicos de nuestro sistema republicano. Su esencia democrática permite que el pueblo pueda conocer la actividad que llevan adelante sus representantes en pos del bien común. A partir de dicha publicidad, la comunidad cuenta con una serie de instrumentos para ejercer el control ciudadano sobre los gobernantes.
Que la transparencia de los actos de gobierno contribuye a la mejora administrativa, elimina oportunidades de corrupción.
Que en cumplimiento de la Constitución Nacional se han sancionado diversas normas y, paralelamente se han desarrollado programas de gobierno sobre transparencia y acceso a la información pública.
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CONSIDERANDO
Que a más de tres meses de la aprobación, de la Ordenanza 1818/HCD/15 y desconociendo el resultado de lo actuado por el Ejecutivo Municipal.
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Por todo lo expuesto, el BLOQUE UNION PARA VIVIR MEJOR pone a consideración de este Honorable Cuerpo Legislativo y por su intermedio a la Ciudadanía de El Calafate en general, el presente Proyecto:
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“EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EL CALAFATE RESUELVE”
ARTICULO N°1 Solicitar al Ejecutivo Municipal Informe de resultados sobre lo actuado Cuenta Municipal N°265/02 del Banco Santa Cruz detallando:
1.1. Instrumento legal que habilito la apertura de cuenta.
1.2. Instrumento administrativo municipal que habilitaba el depósito en esa cuenta a los contribuyentes.
1.3. Procedencia de los fondos.
1.4. Identificación del depositante si estima necesario.
1.5. Montos individualizados de los fondos.
1.6. Concepto del deposito
1.7. Tiempo estimado de apertura de la cuenta
1.8. Destino de los fondos.
ARTICULO 2°: El Informe del Ejecutivo Municipal será remitido a este H.C.D. en un plazo no mayor de 7 días hábiles, con copia a cada Bloque Político.
ARTICULO 3º: En adelante el Ejecutivo Municipal, deberá remitir a cada Bloque Político, informe mensual de movimiento de la cuenta en cuestión, con documentación bancaria de respaldo, en tanto dure la vigencia de la misma.
ARTICULO 4°De forma.-//